A partir del pasado 1 de Septiembre y debido a la aplicación de una nueva normativa de la Unión Europea, los aspiradores con un motor de potencia mayor a 1600 vatios tienen que dejar de ser vendidos.
Esta norma se aplica intentando reducir el consumo energético de este tipo de electrodomésticos que según la misma comisión europea podría superar los 34 mil millones de kilovatios hora en el 2020.
Con esta medida, el límite máximo de un aspirador no puede superar los 900 vatios de potencia, quedando excluidas de dicha ley las aspiradoras robotizadas, las enceradoras, las alimentadas por baterías, las aspiradoras en húmedo y las de uso industrial.
Según un estudio, del total de 96 modelos de aspiradora presentes en el mercado, más del 50% no cumple con esta normativa y de los seis mejores sólo uno está en la legalidad.
Aparte de la potencia máxima, otros factores que se fijan en la normativa y que deben cumplir las aspiradoras a partir del pasado día 1 son:
- Consumo inferior a 62 kw/h año
- Recogida del 70% del polvo en alfombras y del 95% en suelos de madera
Estos límites serán endurecidos a partir del mismo día 1 de septiembre pero del 2017; en donde a partir de esa fecha, el consumo tiene que haber bajado hasta los 43 kw/h al año y la recogida de polvo tendrá que ser del 75% en alfombras y superar el 98% en suelos de madera; además de añadir una nueva restricción que es que la potencia sonora no podrá superar los 80 decibelios en ningún momento.
Además y para asegurar que la vida del aparato aspirador sea lo mayor posible, en el 2017 también se añaden dos reglas que tendrán ese objetivo:
- La manguera tendrá que soportar 40000 oscilaciones en tensión
- Vida util del motor tendrá que ser superior a las 500 horas.
Este reglamento que se revisará cada 5 años, tendrá en cuenta las mejoras tecnológicas del mercado.
También el mismo día 1 se procederá a una estandarización tanto en el diseño como en el contenido de las etiquetas en los grandes electrodomésticos, uniformizando el sistema de calificación energética.