Algunos propietarios se pueden estar enfrentado a multas entre 1200 y 6000 € por el simple motivo de ahorrarse un poco a la hora de obtener el certificado energético de la vivienda. Como bien dice el refrán, “lo barato sale caro”
Desde el 1 de junio del 2013, para poder vender o alquilar una casa, se necesita la etiqueta que certifica la eficiencia de la viviendo, y teniendo en España un total de 1,8 millones de viviendas en alquiler y 2 millones vacías, la picaresca ha saltado con la normativa para ganar dinero fácil entre las empresas dedicadas a la inspección.
Algunas de estas compañías hacen ofertas de descuentos entre el 50 y el 90% para hacer certificaciones “de oído”, es decir, sin un técnico que se desplace a la viviendo para poder evaluarla; haciendo la evaluación sólo con los datos que le suministra el cliente ya sea a través de teléfono o de correo electrónico.
Pero estas certificaciones no son válidas en ningún caso, constituyendo una infracción en materia de consumo, al infringir la exigencia impuesta en el artículo 5.5 del real decreto 235/2013. Así que el gobierno ha iniciado una campaña de lucha contra el fraude.
En dicho artículo se exige que durante la certificación, un técnico competente es el que realizará las pruebas comprobaciones necesarias, para establecer la conformidad con la información presente en el certificado de eficiencia energética y el edifico o parte del mismo.
Las sanciones a las que son susceptibles estas viviendas, pueden ser tanto para la empresa “certificadora” como para el propietario o la página o portal web que difunda el anuncio.
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