Sanción por brindar datos falsos en un certificado energético

Sanción por brindar datos falsos en un certificado energético

Con más de 7 meses de entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, el cual obliga a que todos aquellos inmuebles que se vayan a vender o alquilar dispongan de un Certificado de eficiencia energética, y luego de haber tramitado 99.000 certificados energéticos, se produjo la primera sanción por parte de la Comunidad de Madrid, de 4.000 euros, a un técnico por haber falseado datos en la emisión del informe.

Según informó la Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGI), el organismo encargado de su registro y control, la información que contenía el certificado no se correspondía con la realidad.

La calificación energética de la vivienda obtuvo inicialmente una letra A, la más alta. Pero luego de una selección fundamentada por la elevada calificación obtenida, la Comunidad de Madrid actuó de oficio y solicitó la emisión de un certificado nuevo con los datos correctos. Tras la evaluación el resultado fue una calificación “C”.

La Comunidad está llevando a cabo labores de inspección y vigilancia de los certificados que se van expidiendo. En las diferentes inspecciones se priorizan los certificados correspondientes a las calificaciones energéticas más altas (A o B). Los inspectores proceden a comprobar que el técnico dispone del título habilitante (arquitecto o arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico), visitan el inmueble certificado y verifican que los datos son ciertos. Inspecciones, que según indican, se realizara´n con cada vez más frecuencia.

Es importante remarcar que el responsable de tener el certificado de eficiencia energética es el propietario, pero el encargado del contenido y veracidad es el técnico competente que lo firma.

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